Micelio
Auto15 de abril de 2021

A- de 2021

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Aldayr Gonzalez Trujillo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ciudadania
  • Atributo fundamental para el ejercicio de derechos políticos
  • Atributo que puede ser suspendido temporalmente por decisión judicial
  • No puede ser confundida con nacionalidad
Suspension En El Ejercicio De Derechos Politicos
  • Carencia de legitimación para ejercer acción pública de inconstitucionalidad
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Interpretación sistemática de la Constitución muestra razones para que sujetos condenados penalmente con interdicción de derechos civiles y políticos no la puedan interponer
  • Personas condenadas penalmente, que también sean destinatarias de penas principales o accesorias de interdicción de derechos civiles y políticos, no deberían estar legitimadas para interponer la accion
Derechos Politicos
  • No son absolutos
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

En el auto de inadmisión advirtió la Corte que el demandante no acreditó la condición de ciudadano colombiano y que no se trascribió la norma demandada, ni aportó un ejemplar de su publicación oficial.

Así mismo, la demanda no cumplía con los mínimos exigidos puesto que no presentó una argumentación clara, específica, pertinente y suficiente.

El rechazo se fundamentó en que, si bien el escrito de corrección permitió verificar la condición de ciudadano del demandante y tenía claridad respecto de las normas demandadas, no cumplió con los criterios señalados en el auto inadmisorio.

Luego de verificar que en el escrito de súplica el actor se limitó a reiterar los argumentos de la demanda que fue inadmitida y rechazada, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR el recurso interpuesto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR el recurso de suplica presentado contra el auto del dieciseis (16) de marzo de 2021, proferido por el Magistrado Jorge Enrique Ibanez Najar, que rechazo la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Aldayr Gonzalez Trujillo, en contra de los numerales 1, 2, 5 y 8 del articulo 199 de la Ley 1098 de 2006 "por la cual se expide el Codigo de la Infancia y la Adolescencia", en el expediente D-14087, por las razones senaladas en esta providencia.
  2. Segundo. COMUNICAR, a traves de la Secretaria General de la Corte, el contenido de esta decision a la parte demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno. Tal comunicacion debera ser remitida al centro penitenciario y carcelario en el que se encuentra privado de la libertad.
  3. Tercero. ARCHIVAR el expediente D-14087.
  4. ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
  5. Presidente
  6. Con aclaracion de voto
  7. DIANA FAJARDO RIVERA
  8. Magistrada
  9. JORGE ENRIQUE IBANEZ NAJAR
  10. Magistrado
  11. No participa-
  12. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  13. Magistrado
  14. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  15. Magistrada
  16. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  17. Magistrada
  18. Con aclaracion de voto
  19. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  20. Magistrada
  21. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  22. Magistrado
  23. ALBERTO ROJAS RIOS
  24. Magistrado
  25. MARTHA VICTORIA SACHICHA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónGloria Stella Ortiz DelgadoAclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.